A- de 2024
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Instituto De Religiosas De San Jose De Gerona-Clinica Nuestra Señora De Los Remedios·Demandado Instituto Departamental De Salud De Nariño Y Mallamas Eps
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos derivados de las devoluciones o glosas a las facturas entre entidades del Sistema General de Seguridad Social en Salud
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones presentado entre la Superintendencia Nacional de Salud y el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Pasto.
La controversia es causada por demanda haciendo uso de la acción consagrada en el artículo 41 de la Ley 1122 de 2007, adicionado por el artículo 126 de la Ley 1438 de 2011, contra el Instituto Departamental de Salud de Nariño y Mallamas EPS-I, con el propósito de que la Superintendencia Nacional de Salud dirima el conflicto de glosas y/o devoluciones suscitado entre las entidades, respecto de la factura causada por la prestación de servicios no contemplados en el Plan de Beneficios en Salud a los afiliados y beneficiarios de Mallamas EPS I.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena reitera la regla de decisión del Auto 2032 de 2023 que establece que de conformidad con el artículo 116 de la Constitución y con el literal f del artículo 41 de la Ley 1122 de 2007, la Superintendencia Nacional de Salud es la competente para conocer de controversias entre entidades que integran el Sistema General de Seguridad Social en Salud, que versen sobre devoluciones o glosas a las facturas correspondientes a la prestación de servicios médicos.
En consecuencia, la Corte resuelve remitir el expediente a la la Superintendencia Nacional de Salud para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Superintendencia Nacional de Salud y el Juzgado
- Tercero. Administrativo del Circuito de Pasto, y DECLARAR que la Superintendencia Nacional de Salud es la autoridad competente para conocer la demanda formulada por la Institución de Religiosas de San José de Gerona / Clínica Nuestra Señora de los Remedios contra el Instituto Departamental de Salud de Nariño y Mallamas EPS-I.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4912 a la Superintendencia Nacional de Salud para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.